Preguntas frecuentes

  • Soy funcionario(a) de una Universidad miembro del CONARE, pero no es la UCR: ¿Puedo optar por la beca? No, este es un beneficio dirigido sólo a funcionarios administrativos o docentes de la UCR.

  • ¿Por qué se llama BECA-SEP-CONARE? Porque el estudiante de la UCR puede estudiar en cualquier universidad miembro del CONARE (UCR, UNA, ITCR, UNED).

  • ¿En qué consiste la beca? Si está nombrado tiempo completo o medio tiempo se le podrá descargar hasta medio tiempo con goce de salario para estudiar.

  • Dentro del permiso de beca, ¿me pagan los estudios? No.

  • Soy funcionario de la UCR y la Asamblea de Escuela me dio permiso para estudiar en el exterior, pero no lo hice ¿Ese permiso me sirve? No, de nuevo debe de solicitarlo a la Asamblea de Escuela y especificar que se está aplicando a una beca de este tipo y por cuánta fracción de tiempo de descarga.

  • Mi programa es cuatrimestral ¿la beca me lo cubre? Los permisos de beca se dan a partir de marzo o agosto, exactamente el día que inicia el ciclo lectivo en la UCR, esto por cuanto su nombramiento como profesor debe corresponder a los ciclos regulares de la UCR.

  • ¿Es retroactivo el permiso? No.

  • Al finalizar la beca ¿debo solamente haber cumplido con el Plan de Estudios? Sí, pero también, debe haber defendido el examen de candidatura y la tesis, en maestrías académicas y doctorados. Para los estudiantes de las maestrías profesionales, tienen que haber defendido el trabajo final de investigación aplicada.

  • Estoy nombrado(a) un cuarto de tiempo interino como docente ¿puedo solicitar la beca? Si le hacen una reserva de plaza de medio tiempo y la Escuela tiene presupuesto para sustituirlo (a), si puede solicitar el permiso.

  • Si el jefe de la Oficina o los miembros de la Asamblea de Escuela no aprueban el permiso, ¿puedo seguir con los trámites? No.

  • ¿Cómo me doy cuenta si me aprobaron la beca? El proceso inicia en el SEP, los miembros del Consejo del SEP analizan los atestados, si le dan el visto bueno, se pasa el expediente a la Vicerrectoría de Docencia, si el funcionario (a) es docente y a la Vicerrectoría de Administración, si el funcionario (a) es administrativo. Si la Vicerrectoría correspondiente da el visto bueno pasa a la Oficina de Asuntos Internacionales y Cooperación Externa. Si de esta última Oficina lo o la llaman a firmar el Contrato, la beca fue aprobada. Por otra parte, si los miembros del Consejo del SEP, no recomiendan la solicitud, esta instancia, le comunica al estudiante.

  • El Consejo de SEP, ¿puede no preseleccionarme? Sí.

  • ¿Cómo me doy cuenta si me aprobaron la beca? El proceso inicia en el SEP, los miembros del Consejo del SEP analizan los atestados, si le dan el visto bueno, se pasa el expediente a la Vicerrectoría de Docencia, si el funcionario (a) es docente y a la Vicerrectoría de Administración, si el funcionario (a) es administrativo. Si la Vicerrectoría correspondiente da el visto bueno pasa a la Oficina de Asuntos Internacionales y Cooperación Externa. Si de esta última Oficina lo o la llaman a firmar el Contrato, la beca fue aprobada. Por otra parte, si los miembros del Consejo del SEP, no recomiendan la solicitud, esta instancia, le comunica al estudiante.

  • ¿Por qué debo leer la Resolución R-4004-2011? Porque es donde se menciona el procedimiento para la asignación de la beca SEP-CONARE, duración del permiso, el contrato a suscribir, la garantía fiduciaria, prórroga, beneficios, obligaciones y consecuencias por el incumplimiento.

  • ¿Puedo entregar la solicitud de beca sin documentos o incompleta? No.

  • ¿Cuáles son los períodos de recepción de solicitudes de beca? Al año se abren dos períodos: a mediados de octubre para que rijan a partir del I ciclo lectivo (marzo del año próximo) y a mediados de mayo para que rijan a partir de agosto.



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